29 marzo 2024

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Dichas pensiones fueron otorgadas por la Ley 23.848 pero desde la entidad indicaron que el “decreto reglamentario Nº 2634/90, excediendo el marco legal, estableció un criterio para aquellos que regresaron con vida, decidiendo que las pensiones se otorgarían a partir de la fecha de su solicitud, mientras que para aquellos que fallecieron en el conflicto bélico, cobrarían, sus causahabientes, desde la fecha del deceso”.

Entonces resolvieron “peticionar la inconstitucional del mencionado artículo a fin de que se abonen las prestaciones adeudadas desde el 2 de abril de 1982”. La causa recayó en el el Juzgado N° 2, Secretaría N° 1 a cargo del juez Fernando Strasser y la secretaria Elena Verónica Stamatis.

Al respecto, el presidente de la Confederación, Rubén Rada, manifestó que “a días de cumplirse los 36 años de la guerra de Malvinas seguimos luchando como aquel día, con nuestro único uniforme, el del General Don José de San Martin y con nuestra única bandera la del General Juan Manuel Belgrano, y con nuestro único objetivo que fue defender a la Patria sin dudarlo, sin pedir explicaciones ni comprender demasiado a que nos estábamos enfrentando”.

“Poniendo nuestra vida en juego en pos de la soberanía, y porque no, dado el resultado adverso de la guerra, dejando nuestra sangre en pos de la democracia. Esos 649 Héroes que ofrendaron sus vidas, mas todos aquellos que lamentablemente la perdieron esperando el debido reconocimiento de la sociedad toda y el Estado, están representados por estos gigantes; estos que siguen en pie, y siguen luchando para que jamás se olviden ni las islas Malvinas ni nuestro Mar Argentino, pero fundamentalmente para que nadie olvide que este país vivió una guerra, y que esa gesta a la fecha no ha sido saldada”, añadió.

También los combatientes sostienen que “dicha acción judicial además de plantear la inconstitucionalidad del mencionado decreto reglamentario, peticiona el pago actualizado mediante la Tasa Activa del Banco Nación y en dinero de curso legal, contando además con una Medida Cautelar Innovadora en virtud de los miles de millones reclamados, a fin de garantizar el pago de los mismos. Requiriendo la creación de un Fondo de Garantía por parte del Poder Ejecutivo Nacional; como también una reserva de Caso Federal, a fin de acceder a la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Fuente: Infocielo