Me dirijo a usted con motivo de la nota que se muestra en la pagina
del CECIM.
Esperando que por este medio se escuche nuestra vos, lejos esta en nosotros
faltar el respeto a un veterano de guerra, pero tampoco se puede permitir,
se dirijan a nosotros con dichos falsos.
Claudio Oscar Zaccari.
Miembro del Campamento TOAS Plaza de Mayo.
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Respuesta al Sr. Alonso Presidente del CECIM
Campamento TOAS Plaza de Mayo.
De Nuestra consideración:
A raíz de las declaraciones del VGM Sr. Ernesto Alonso. Presidente
del CECIM , entidad con personería jurídica que avala
dichas declaraciones a través de su pagina Web bajo el Titulo
de un Aporte mas a la confusión, publicado el día 15 de
febrero del 2009, nos vemos en la necesidad de pedir que rectifique
o ratifique el contenido del escrito volcado a través de un medio
publico, en el que sugiere nuestra alianza con sectores de la sociedad
contrarios al orden Institucional. En dichas declaraciones el CECIM
a través de las palabras del Sr. Ernesto Alonso, invocando su
calidad de dirigente, hace mención de supuestos acuerdos, y que
el Acampe Plaza de Mayo, pertenece a sectores ligados a los años
oscuros por los que ha pasado nuestra Nación, en el que hace
especial referencia con estas palabras:
“El interés y la motivación económica o
"psicosis de renta" que genera el solo hecho de peticionar
algún tipo retribución
similar a la que hoy percibimos los ex combatientes de Malvinas, motorizan
voluntades que sostienen personajes que
defienden a genocidas como el caso de Cecilia Pando y la ex diputada
Alarcón.
Durante meses se sostiene un campamento en Plaza de Mayo, de un grupo
que se autodenomina “Veteranos de Guerra Continentales”
que están en Plaza de Mayo y por ello nos preguntamos:
No será que los sectores preocupados por el avance de la justicia
y la verdad están necesitando nichos de adhesión??
No será que los mismos que pensaban reorganizar el “Ejercito
Nacional”
como en los 80 hoy tengan alguna reminiscencia??”
Por esto expuesto, es que pedimos una aclaración, en los términos
que fija el Código Penal en la figura de: calumnias, injurias,
Título II, Art. 109, 110,113,114. Todos ellos clasificados como
delitos contra el Honor, ya que de persistir en sus aseveraciones las
consideramos deshonrosas hacia nosotros
Todo lo expuesto y por considerar estas palabras agravantes para con
las personas que, como ustedes, somos ciudadanos, ex soldados con una
carga publica al momento del conflicto, que cumplimos con la misma Orden
de Operaciones: la 1/82, 2/82 y 3/82, además de pertenecer al
CEOPECON que se constituyo el 24/05/1982 a las 09,00 hs. A los fines
de coordinar las operaciones de combate y apoyo logístico que
se desarrollaron en todo el ámbito del litoral Atlántico
Patagónico y los Archipiélagos Australes, y por las cuales
18 efectivos del total de bajas del conflicto bélico, perecieron
en el continente a raíz de las operaciones bélicas llevadas
a cabo en cumplimiento de la misma misión, la de dar defensa
al Litoral Atlántico Argentino.
Nuestro Campamento no hace política con el recuerdo del conflicto
del Atlántico Sur y sus consecuencias. No esta compuesto por
efectivos de cuadro, solo por ex soldados de las tres Fuerzas que participaron
en el conflicto del Atlántico Sur desde el Paralelo 42º
al Sur en el despliegue del litoral Atlántico; Veteranos de Guerra
Reconocidos por el Congreso Nacional. No se identifica con ninguna Ideología
en particular y tiene un solo objetivo:
El reconocimiento que nos debe el estado nacional, no su asociación.
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