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Fuente: AIM Digital

13/08/08

 

Paraná: Veteranos piden que la pensión sea equiparada a categoría uno  
Integrantes del centro de veteranos de guerra de Malvinas de Paraná, solicitaron a legisladores provinciales el tratamiento del proyecto que fijará el valor de la pensión que reciben en la multiplicación por tres del importe del código 01 de la categoría 1 del escalafón general de la administración pública.

Los veteranos que asistieron a la tercera sesión de prorroga del 128 período legislativo, solicitaron que “se trate el proyecto que se elaboró desde el Centro junto a otros legisladores, por el que se realizan modificaciones a la ley de pensiones que asisten a los veteranos de guerra, que fue promulgada en el segundo gobierno de Jorge Busti”, señaló a AIM el presidente de centro, Roberto Andrade.

Asimismo explicó que el proyecto “busca, de algún modo, dos cuestiones importantes: que se cierre o limite la lista de beneficiarios y, que se realice un cambio en el calculo del haber mensual”.

En ese contexto, el veterano explicó que “en la anterior gobernación de Busti se nos equiparó la pensión provincial con la nacional en tres pensiones mínimas; y dado que la política de gobierno no aumentó el haber previsional mínimo, estamos desfasados y queremos una actualización”. Ante la situación, la iniciativa que se encuentra en la comisión de Presupuesto y Hacienda, propone que se modifique el articulo 7 de la ley, por lo que se fijaría el valor de la pensión en la suma que resulte de multiplicar por tres el importe del código 01 de la categoría 1 del escalafón general de la administración pública provincial.

Restricciones para ingresar en el padrón de beneficiarios
Entre las reformas que se quieren instaurar, se establece que corresponderá el beneficio a los veteranos de guerra que acrediten tener domicilio real en la provincia; comprobar fehacientemente su condición de veterano de guerra de Malvinas y presentar certificado de antecedentes penales, otorgado por el registro nacional de reincidencia.

Sin embargo se aclara que los beneficios de la ley provincial, no serán incompatibles con el desempeño de cualquier empleo en la administración pública, ni con la percepción de haberes jubilatorios nacionales, provinciales o municipales.

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