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  24/12/07

 

Pensión para excombatientes de Río Negro  

Viedma.

La Dirección de Veteranos de Guerra del ministerio de Gobierno de Río Negro citó a las personas amparadas en la Ley Provincial 4238/07 que deseen percibir la Pensión Rionegrina a acreditar su condición para cobrar el beneficio.
La ley provincial Nº 4238/07 contempla a todos los ex soldados, sean civiles como personal que perteneció a la fuerza y que participó en las acciones bélicas desarrolladas en el espacio aéreo, marítimo y territorial de las islas Malvinas, Gerogias y Sanwich del Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.

Aquellos amparados en la ley, que no se encuentren comprendidos en el artículo 6 del Decreto Nº 1357/04 y que deseen percibir la Pensión Rionegrina, deberán acreditar su condición ante la Dirección de Veteranos de Guerra, ubicada en Boulevard Ituzaingó y Güemes de Viedma.

Deberán acompañar la solicitud con el certificado de veterano de guerra original y/o fotocopia autenticada, extendida por la fuerza a la que perteneció; DNI fotocopia autenticada de las cuatro primeras hojas, donde conste el domicilio; acta de matrimonio, si fuera casado y acta de nacimiento de los hijos, si tuviera.

Para mayor información, los interesados pueden comunicarse a los teléfonos: 02920-426208 o al celular 02920 15406009.

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