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Para que su Iglesia sea capaz de proseguir y completar su obra en el mundo, Cristo la ha dado misión y poder de desempeñar las funciones que El mismo ejercía: enseñar, santificar y gobernar.
Si observamos atentamente Mt 28, 18-19: ‘Se me ha dado todo poder en el cielo y en la tierra. Id pues y haced discípulos a todos los pueblos bautizándolos en el nombre del Padre, del Hijo y del E.S., enseñándoles a observar todo lo que os he mandado.’ Se ve que Cristo determina para su Iglesia una misión que consiste en continuar su obra, una responsabilidad, una función. Pero para ello comunica sus propios poderes de enviarlos, aquellos que hacían de ƒl un doctor, un pastor y un sacerdote. Según el texto, aparece el munus docendi (‘haced discípulos a todos…’) el munus sanctificandi (‘bautizándolos’) y el munus regendi (‘enseñándoles a observar todo), que es el ministerio pastoral.
Vemos que estos tres poderes derivan de la única misión de Cristo y persiguen idéntico objetivo, es decir, están íntimamente vinculados. A su vez observamos que hay una primacía en la función sacerdotal “por la salvación del género humano se sacrificó Cristo, y a este fin refirió todas sus enseñanzas y todos sus preceptos, y lo que ordenó a la Iglesia fue que buscara la santificación y la salvación de los hombres” (Satis cognitum. Leon XIII), por eso la liturgia es la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente de donde mana toda su fuerza” ( SC 10). Por último, es necesario observar que estos poderes tienen el sentido ministerial; es decir,son poderes para misión de servicio.
1) Al munus docendi compete guardar y trasmitir fielmente el depósito.
2) Munus sanctificandi. Así como Cristo fue enviado por el Padre, así envió a sus Apóstoles con el E.S., no sólo a predicar el Evangelio sino también a llevar a cabo la obra de salvación mediante el sacrificio y los sacramentos, en torno a los cuales gira la vida litúrgica (SC, 6). Es decir, como la Iglesia tiene por objeto la salvación de los hombres ella está dotada del poder de santificar a los hombres que se realiza por los sacramentos y la liturgia, siendo los responsables los mismos miembros de la jerarquía.
3) Munus regendi. Debe pastorear a su Iglesia. Debe saber guiarla. Para ello surge la jurisdicción pastoral de la Iglesia y todo el tema de la Teología de la Pastoral.
El sentido de la jurisdicción pastoral es que ‘Cristo no sólo es Redentor en quien debemos depositar nuestra confianza, sino también el legislador a quien debemos obediencia’ (Trento S. VI, can. 21). Y esta misma misión de Cristo se prolonga hoy a través de su Iglesia.
Fuente:Catholic