Comisión de Pesca Continental para América Latina

La COPESCAL fue establecida en 1976, con el objetivo de promover las investigaciones para el uso racional de los recursos pesqueros continentales, asesorar a los Gobiernos de la Región para establecer bases científicas para aplicar medidas de ordenación pesquera; apoyar el desarrollo de la
Objetivos

Los objetivos de la Comisión son promover, coordinar y apoyar investigaciones pesqueras y limnológicas y programas de investigación y desarrollo que conduzcan a la utilización racional de los recursos pesqueros continentales; ayudar a los Estados Miembros a establecer bases científicas para tomar medidas de ordenación pesquera,

Actualmente son miembros de la Comisión los siguientes países:

Argentina
Bolivia
Brasil
Colombia
Costa Rica
Cuba
Chile

Ecuador
El Salvador
Guatemala
Honduras
Jamaica
México
Nicaragua

Panamá
Paraguay
Perú
República Dominicana
Suriname
Uruguay
Venezuela

Entre el 7 y el 9 de septiembre de 2005 tuvo lugar en Panamá, República de Panamá, la 10ª Reunión de la Comisión de Pesca Continental de América Latina (COPESCAL).

Se acordó que este Grupo se reuniera durante el primer semestre de 2006 en Colombia

Desde el 20 al 24 de marzo de 2006, en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, se efectuó la Quinta Ronda de Consultas Informales de Estados Partes del Acuerdo para la Implementación de las Normas de la Convención de Naciones Unidas sobre El Derecho del Mar Relativas a la Conservación y Administración de Especies Transzonales y Especies Altamente Migratorias.

INFORME SOBRE LA QUINTA RONDA DE CONSULTAS INFORMALES DE ESTADOS PARTES DEL ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACION DE LAS NORMAS DE LA CONVENCION DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR RELATIVAS A LA CONSERVACIÓN Y ADMINISTRACION DE ESPECIES TRANSZONALES Y ESPECIES ALTAMENTE MIGRATORIAS (ACUERDO DE NACIONES UNIDAS SOBRE POBLACIONES DE PECES DE 1995. PARTICIPACION DE LA CPPS). NUEVA YORK 20 – 24 DE MARZO DE 2006.

Desde el 20 al 24 de marzo de 2006, en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, se efectuó la Quinta Ronda de Consultas Informales de Estados Partes del Acuerdo para la Implementación de las Normas de la Convención de Naciones Unidas sobre El Derecho del Mar Relativas a la Conservación y Administración de Especies Transzonales y Especies Altamente Migratorias.

Conforme al párrafo 23 de la Resolución 60/31 de la Asamblea General de Naciones Unidas de 29 de noviembre de 2005, estas consultas informales tuvieron el objetivo de preparar la Conferencia de Revisión del Acuerdo de Naciones Unidas sobre Poblaciones de Peces del año 1995, que deberá ser convocada por el Secretario General conforme al artículo 36 de dicho Acuerdo.

La Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), fue invitada a participar en esta reunión como observadores por el Director de la División de Asuntos Oceánicos y Derechos del Mar de Naciones Unidas. En representación de la CPPS participó en dicha reunión su Secretario General, Sr. Gonzalo Pereira.

Se eligió de presidente de la reunión, al Sr. David Balton, de la Delegación de Estados Unidos.

1.- Revisión preliminar del Reporte preparado por DOALOS y FAO de acuerdo al párrafo 17 de la Resolución 50/25 de la Asamblea General de Naciones Unidas.

El primer asunto de fondo tratado en la reunión, fue el Tema 4 de la Agenda, sobre el Reporte preparado por DOALOS y FAO de acuerdo con el párrafo 17 de la Resolución 59/25, de la Asamblea General de Naciones Unidas. En relación a este informe se efectuaron numerosas intervenciones destacando su valor por la valiosa información que contiene respecto a la situación global sobre poblaciones de peces, aplicaciones del Acuerdo a nivel regional y sub-regional y situación de poblaciones de peces respecto de las cuales no se han adoptado medidas, entre otros.

No obstante lo señalado, algunas delegaciones hicieron observaciones respecto a la desproporción de la información sobre algunas poblaciones de peces (Tiburones/Atún). Asimismo, se criticó que en el párrafo 315, sobre problemas que han impedido que algunos Estado se conviertan en Partes del Acuerdo, se catalogara de errónea la posición de algunos Estados ribereños sobre el Acuerdo. Además, se expresó, que hubiera sido conveniente en este informe, un mayor desarrollo respecto a la puesta en práctica del principio de compatibilidad presente en la Convención de Naciones Unidas de Derechos del Mar y en el artículo 7 del Acuerdo. Se señaló que hubiera sido de interés conocer como se ha aplicado este principio teniendo presente que éste ha sido señalado como uno de los obstáculos para que un mayor número de Estados se hagan Partes en el Acuerdo.

2. Organización de los Trabajos, Proyecto de Programa Provisional y Criterios para el Examen y Evaluación de las Disposiciones del Acuerdo al objetivo de asegurar la Conservación de las Poblaciones de Peces Transzonales y Altamente Migratorios (Tema 5 de la Agenda, letras a, b, c).

Si bien se trata de tres temas distintos, éstos están estrechamente relacionados entre sí y por ello es que en este informe los trataremos en su conjunto.

La discusión y adopción de acuerdos, en cuanto a la Organización de Trabajo (Tema 5, letra a) de la Agenda) y del Proyecto de Programa Provisional (en menor medida), dependieron de lo acordado en el Tema 5, letra e) de la Agenda, sobre los criterios de examen y evaluación.

En relación a los criterios para el examen y para la evaluación de las disposiciones del Acuerdo, al objetivo de asegurar la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios, se trabajó en base al documento elaborado por el Presidente de la Reunión (Chairman’s Suggested Working Paper 1, Rev. 2 – Posible Criteria for Assessing Efectiveness of the Agreement) del 1° de noviembre de 2005. Teniendo en consideración este documento se hicieron numerosas propuestas y contribuciones muchas de las cuales quedaron incorporadas en el documento final, “Elements for Assessing the Adequacy and Effectiveness of the Agreement”, el cual se adjunta al presente informe. Respecto al documento propuesto por el Presidente (Chairman’s Suggested Working Paper 1, Rev. 2), en esta reunión se efectuaron algunas modificaciones a los criterios relativos a:

* Adopción de Medidas.
* Efectos de la Pesca sobre el Medio Ambiente Marino.
* Pesca no regulada por RFMOs.

* Derechos de Participación.
* Medidas de Estados del Puerto.
* Cooperación Internacional.
* Reconocimiento de Requerimientos especiales, Provisión de Asistencia, Formación de Capacidad.
* Incremento de Adherentes a UNFSA.

Desde la perspectiva de los intereses de los países miembros de la CPPS, cabe destacar la incorporación en el criterio “Adopción de Medidas” del artículo 7 del Acuerdo, referido al principio de compatibilidad, por cuanto respecto a esta norma se han generado interpretaciones que han dificultado que más Estados se hagan parte de él.

Asimismo, destacamos la incorporación del elemento “Derecho de Participación” el cual se refiere a las medidas apropiadas que han sido adoptadas en el marco de las RFMOs sobre derechos de participación y captura permitida asignada y niveles de esfuerzo de pesca. Por otra parte, en el criterio de “Incremento de Adherentes” del Acuerdo se incorporó expresamente la referencia a los artículos 7, 21 y 22 del Acuerdo, considerando que aspectos de estos artículos han impedido que algunos Estados se hagan Partes (especial interés en éstos han expresado las delegaciones de Chile para el artículo 7 y México para los artículos 21 y 22).

En cuanto a la organización de los trabajos para la Conferencia de Revisión (Tema 5, letra a) de la Agenda), el tema fue discutido en un grupo informal, teniendo en consideración los “Elementos de Evaluación” (a los cuales nos referimos en párrafos anteriores) y la Agenda Provisional de la Conferencia de Revisión (Temas 9 y 12 de la Agenda). El Acuerdo adoptado en esta materia fue que el trabajo de la Conferencia de Revisión se desarrollaría en base a tres preguntas:

* ¿En que áreas la implementación del Acuerdo ha estado en general bien?

* ¿En que áreas la implementación del Acuerdo está en una etapa inicial o donde ha tenido pocos progresos su implementación?

* ¿Qué medidas podrían ser propuestas para fortalecer la sustancia y método de implementación del Acuerdo?

La respuesta a las referidas preguntas debiera tener en consideración los elementos para la evaluación de la eficacia y efectividad del Acuerdo (a los cuales nos referimos en los párrafos anteriores), y el informe DOALOS y FAO, preparado conforme al párrafo 17 de la Resolución 59/25 de la Asamblea General (Doc.

A/CONF.210/2006/1). En términos prácticos los “Elementos para la Evaluación de Eficacia y Efectividad del Acuerdo”, se distribuyeron en los días de trabajo de la Conferencia de Revisión de tal manera que para cada tema se efectuará una evaluación en base a las preguntas ya señaladas, avanzando de esta manera de un tema a otro.

Al término de cada Sesión se considerarán las propuestas de medidas de fortalecimiento de la sustancia y métodos de implementación de las provisiones del Acuerdo.

La modalidad de trabajo adoptada, permitirá que los países participantes en la Conferencia, puedan hacer sus observaciones, comentarios y planteamientos en cada uno de los elementos que serán objeto de revisión.

Sin perjuicio que uno de los elementos se refiere especialmente al incremento de adherentes del Acuerdo, existen otros elementos en los cuales se podrán hacer valer las posiciones de nuestros países y que han sido identificadas como obstáculos para hacerse partes en el Acuerdo, en las reuniones sostenidas por CPPS y OLDEPESCA, en México (enero de 2006) y Lima (marzo de 2006). Los elementos de discusión para los cuales nuestros países debieran preparar su propia evaluación son:

* Adopción de medidas (en el cual se incorporó especialmente el artículo 7, referido a la compatibilidad).
* Derecho de Participación.
* Implementación de deberes del Estado del pabellón.
* Medidas del Estado del Puerto.
* Cooperación Internacional.
* Reconocimiento de requerimientos especiales, provisión de asistencia, formación de capacidad.
* Incremento de adhesiones al Acuerdo.

La Conferencia de Revisión conforme a lo expuesto, destinará tres días y medio al examen de cada uno de los elementos conforme a la modalidad descrita y un día y medio para la discusión y adopción de los documentos finales de la Conferencia.

Consideramos de suma importancia, que a fin de dar continuidad y concretar el trabajo realizado en el marco de CPPS – OLDEPESCA, sobre la Conferencia de Revisión, debiera realizarse un detallado análisis de los elementos que serán objeto de evaluación como de la modalidad de trabajo, a fin de preparar respecto de cada uno de ellos la presentación de las posiciones nacionales y regional adoptadas en las reuniones de México y Lima.

En cuanto al resultado de la Conferencia, se desarrolló una interesente discusión respecto del carácter de los documentos finales. Algunas delegaciones propusieron que el documento final se ajustara en forma estricta a lo señalado en el artículo 36 del Acuerdo y que éstos tuvieran solo un alcance técnico. Otras delegaciones plantearon la conveniencia de que los resultados de la Conferencia pudieran verse reflejados en compromisos de carácter político. Finalmente se acordó que en la Agenda el resultado quedaría solo reflejado como “Resultados de la Conferencia de Revisión” (Tema 11 de la Agenda).

3. Discusión sobre el Proyecto de Reglamento de Reglas de Procedimiento para la Conferencia de Revisión. Participación de Estados No Partes en Conferencia de Revisión.

Considerando lo acordado en las reuniones efectuadas en México (enero 2006) y Lima (marzo 2006) en el marco de OLDEPESCA - CPPS, para coordinar posiciones de sus países miembros ante la Conferencia de Revisión, en el transcurso de la Quinta Ronda de Consultas Oficiosas, se efectuaron una serie de reuniones de coordinación, fundamentalmente para abordar el Tema 5 letra c) de la Agenda, Proyecto de Reglas de Procedimiento.

La primera reunión se efectuó el día lunes 20 de marzo, antes del inicio de la Quinta Ronda de Consultas. En ésta se acordó que el planteamiento de los países OLDEPESCA y CPPS, respecto de la participación de los Estados no Partes en la Conferencia de Revisión sería dado a conocer por la delegación de México, mediante la lectura del documento “Participación de Estados no Partes en la Conferencia de Revisión del Acuerdo sobre la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982, relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de PecesTranszonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios de 1995 (Acuerdo) Conforme al Artículo 36”, adoptado en la reunión CPPS – OLDEPESCA, en 9 de marzo de 2006, en Lima, Perú.

Conforme a los expuesto, al momento de abordar el Tema 5, letra c) de la Agenda, sobre Proyecto de Reglas de Procedimiento, el delegado de México dio lectura al referido documento, en el cual se exponen los argumentos jurídicos respecto de la participación plena y en igualdad de condiciones de los Estados no Partes en la Conferencia de Revisión y se identifican los artículos del Proyecto de Reglamento que son discriminatorios y que atentan contra la participación igualitaria, señalando en consecuencia, la disconformidad con ese conjunto de disposiciones. El delegado de México señaló que el documento al cual se le dio lectura fue acordado en reuniones previas de OLDEPESCA y CPPS mencionando a los países integrantes de estas dos organizaciones.

La posición de los países OLDEPESCA - CPPS, expresada por México, recibió el apoyo de China, Indonesia, Corea, Egipto y Argentina. En cuanto a los países Partes en el Acuerdo, Canadá, Islandia, Noruega, Australia, Estados Unidos y Unión Europea, manifestaron expresamente su conformidad con la propuesta de Reglamento de Reglas de Procedimiento para la Conferencia de Revisión y su opinión de la necesaria distinción entre Estados Partes y Estados no Partes en el Acuerdo en cuanto a la participación en la Conferencia. La delegación de China, además de efectuar una declaración sobre este punto de la Agenda, hizo una propuesta de cambios al Proyecto de Reglamento destinada a establecer la igualdad de condiciones entre los Estados Partes y no Partes. Las propuestas de China fueron rechazadas por varias delegaciones de Estados Partes en el Acuerdo.

Ante las insalvables diferencias entre los Estados Partes y no Partes del Acuerdo, respecto del Proyecto de Reglamento, el Presidente de la Reunión, Sr. Balton, propuso la conformación de un grupo de contacto coordinado por el Sr. Joji Morishita, de la delegación de Japón.

Una de las preocupaciones de los Estados Partes era el temor de que los Estados no Partes bloquearan el consenso y no se lograran resultados en la Conferencia de Revisión. Teniendo presente lo señalado, los países de OLDEPESCA, CPPS y China buscaron diferentes alternativas que pudieran satisfacer los requerimientos de los Estados Partes, sin que se consagrara la discriminación entre ambas categorías de Estados en el Reglamento. Sin embargo, los Estados Partes no cedieron en cuanto a establecer la diferencia entre ambas categorías de Estados. En el transcurso de la semana se presentaron diversas propuestas destinadas a encontrar un punto de acuerdo (China, Estados Unidos, Unión Europea, Japón, Alemania, Islandia – Estados Unidos), sin resultados positivos.

El último día de la Reunión a pocas horas de su término, el Presidente hizo una propuesta, la cual dio por aprobada, según sus afirmaciones, conforme al procedimiento del párrafo 25 de la Resolución A/60/L.23, de la Asamblea General de Naciones unidas, de 17 de noviembre de 2005. Este párrafo se refiere a la participación de Estados Partes y no partes en la Quinta Ronda de Consultas Oficiosas (reunión a la que se refiere este informe) y señala que ambas categorías de Estado tendrán una participación plena y en pie de igualdad, salvo que no tendrán derecho a voto los Estados no Partes y señala que se hará todo lo posible por aprobar las recomendaciones por consenso. El Presidente sin anunciar que haría aplicación del referido párrafo 25, simplemente consultó si había oposición de los Estados Partes del Acuerdo respecto de su propuesta y al no haberla, la dio por aprobada conforme al referido párrafo. Es decir, no consideró que no existía consenso, por cuanto China, Chile, Colombia, México, Ecuador, Perú, Guatemala,

Indonesia, Argentina y Corea, habían manifestado su oposición a dicha propuesta y por lo tanto, debió haber llamado a votación entre los Estados Partes.

La forma en que se impuso la propuesta del Presidente generó las expresiones de malestar de las delegaciones de China, Chile, México, Ecuador, Perú, Argentina, Guatemala, Corea e Indonesia, las que expresaron los agradecimientos al Sr. Joji Morishita, de la delegación de Japón, por su buena disposición para lograr el consenso y lamentaron la intransigencia de algunos Estados Partes. También señalaron que se esperaba que éste tipo de prácticas no volvieran a ocurrir en la Conferencia de Revisión.

La propuesta del Presidente se refiere a la conformación del bureau y señala que éste estará compuesto por un Presidente representante de los Estados Partes, cinco Vicepresidentes representantes de los Estados Partes y 2 Vicepresidentes representantes de los Estados no Partes. Además, señala que se establecerá un comité de redacción por los miembros del bureau y estará abierto a la participación de todos los Estados Participantes (Estados Partes y no Partes).

En cuanto a la toma de decisiones la referida propuesta señala que los trabajos de la Conferencia se conducirán sobre la base del acuerdo general en materias de sustancia. Se señala, que donde el Presidente determine que no ha sido posible generar el acuerdo general, el Presidente deberá establecer un período para consultas entre Estados Participantes interesados en lograr el acuerdo general. Se señala que el Presidente podría en consulta con el bureau, designar un facilitador para el propósito de reconciliar las diferencias a fin de alcanzar el acuerdo general.

En cuanto a la votación, la propuesta indica que la Conferencia de Revisión podría proceder a votar en materias de sustancia, de acuerdo con la regla de que esta se efectuará después de que todos los esfuerzos para lograr el acuerdo general han sido agotados. Antes, el Presidente deberá informar a la Conferencia de Revisión que todos los esfuerzos para llegar al acuerdo general han sido agotados. Cada parte en el Acuerdo deberá tener un voto. Cualquier Estado participante (Estados Partes y no Partes) podrá solicitar que sus puntos de vista sobre las materias en cuestión sean incluidas en el reporte de la reunión.

No obstante que en relación al Proyecto de Reglamento sobre Reglas de Procedimiento y al rol de los Estados no Partes en la Conferencia de Revisión, las propuestas planteadas por los países OLDEPESCA – CPPS finalmente no fueran acogidas, es valioso destacar el excelente trabajo de concertación de posiciones y de coordinación, efectuado en forma previa y en el transcurso de la reunión. La participación coordinada se mantuvo durante los cinco días de reunión y hubo una participación activa de varias delegaciones (México, Perú, Ecuador, Guatemala, Colombia, Argentina y Chile).

Este trabajo de coordinación debiera continuar en la Conferencia de Revisión del Acuerdo sobre Poblaciones de Peces de 1995, a efectuarse del 22 al 26 de mayo, en la cual se debieran dar a conocer las conclusiones de la reunión OLDEPESCA – CPPS, efectuada en Lima, Perú, el 9 de marzo de 2006, sobre aspectos sustantivos del Acuerdo sobre Poblaciones de Peces de 1995.

Argentino-uruguaya. Jorge Hansen. 8 pp.