27 diciembre 2024
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Veteranos de Guerra se mostraron en contra del proyecto de ley que por estos días se encuentra en debate en el Congreso de la Nación.

“Hemos sido heridos en Combate, Prisioneros de Guerra y sobrevivido aún a la posguerra hasta hoy”, afirman en un comunicado en el que advierten que el proyecto de ley 0505 D2021 es inconstitucional por el requisito básico de que el Veterano o Combatiente debió participar de acciones bélicas. Proponen otro tipo de reconocimiento para los soldados de Continente.

Los Ex Soldados Conscriptos Combatientes en Malvinas emitieron un comunicado dirigido a los Diputados Nacionales con el objeto de plantear nuestro más absoluto rechazo al Proyecto de Ley que intenta igualar a quienes hemos estado en los distintos Campos de Batallas en Malvinas, hemos sido heridos en Combate, Prisioneros de Guerra y sobrevivido aún a la posguerra hasta hoy.-

“Algunos argumentos de los Ex Soldados, que durante el conflicto bélico con Inglaterra permanecieron en el continente, son: el Honor robado o Derecho Adquirido: Refieren a que durante seis (6) años fueron reconocidos y que por un Decreto reglamentario de la Ley 23.109, exactamente el Decreto 509/88 fueron dejados de lado excluyéndolos de su supuesta Veteranía. Con lo cual alegan haber tenido un derecho adquirido y que ese Decreto es inconstitucional”.-

Para los veteranos: “esto es absolutamente FALSO. No lo decimos nosotros sino la Corte Suprema de Justicia en el Fallo “Arfinetti Victor Hugo c/ Estado Nacional-Ministerio de Defensa-Ejército Argentino y otro s/Acción Declarativa de Certeza” en el cual rechaza el planteo de inconstitucionalidad de ese Decreto y los declara NO COMBATIENTES, al no reunir el requisito básico de “participación en acciones bélicas” en un todo de acuerdo con la Convención de Ginebra y nuestra Constitución Nacional”.-

Como conclusión jurídica, exponen “nunca estuvieron contemplados como Veteranos de Guerra en esta Ley que es la que define el concepto de Combatiente.- En otras leyes fueron comprendidos en forma genérica, como la 22.764 o la 23.118 que fueron subsidios por alguna disminución psicofísica o condecoraciones a todos los que de alguna manera lucharon por la reivindicación territorial de nuestras Malvinas. Esto en absoluto significa que “antes éramos iguales (COMBATIENTES) y ahora no”.-

ACCIONES DE COMBATE EN EL CONTINENTE

Sobre ese apartado, los Veteranos indican: “en los últimos años refieren a supuestas acciones de combate en el continente NUNCA confirmadas por las distintas Fuerzas Armadas.- Si bien hubo alertas nunca se comprobó ni se obtuvo prueba fehaciente de que ello haya ocurrido. Argumentan innumerables desembarco de Fuerzas Especiales enemigas y supuestos combates, pero que luego les ordenaron mantener en secreto bajo pena de muerte.- Algo inverosímil ya que no se podría tapar el sol con un dedo ante tantos supuestos ataques, hablan incluso de cadáveres de comandos enemigos ocultos en algún lugar de la Patagonia (¿?).- No resiste el menor análisis.-

Conclusión: NO hubieron acciones efectivas de combate en el continente”.

Respecto a los 17 Caídos en el continente en acciones de combate: “argumentan que el Helicóptero del Ejército caído el 30/04/1982 fue abatido por un misil inglés desde un Submarino nuclear mientras desembarcaban Fuerzas Especiales enemigas.- Lo llaman el Combate de Caleta Olivia. Esto está absolutamente desmentido por las Fuerzas Armadas argentinas y el Ministerio de Defensa. Si bien al principio esos caídos fueron incluidos en los listados de los muertos en acción durante la guerra, luego fue rectificado esto y fueron proclamados “muertos en accidente” y “muertos por enfermedad” por parte del Ejército Argentino por una Resolución”.-

Por todo lo expuesto, “se nota claramente la imposibilidad jurídica de llevar adelante estos Proyectos, pero creemos que SÍ se debe reconocer a estos Ex Soldados que cumplieron una misión de Logística y vigilancia en la zona patagónica durante el conflicto con algún título que no sea el de Combatiente o Veterano de Guerra, porque será tachado de inconstitucional debido a que nuestro País es signatario del Estatuto de Combatiente y Prisionero de Guerra (Convención de Ginebra) con jerarquía superior a las leyes, teniendo presente la jurisprudencia creada por la CSJN que deja claro que los ex Soldados Continentales nunca participaron de “acciones bélicas”, por lo tanto nunca fueron iguales a quienes sí estuvieron y participaron en “efectivas acciones de Combate”, concluyen.